BASES LEGALES SORTEO “Friends With Benefits Home Run Red Bull 2024”

CLÁUSULA 1. – EMPRESA ORGANIZADORA.
GOIKO GOURMET S.L., (en adelante, GOIKO) con domicilio en Madrid CP 28003, C/ Maestro Ángel Llorca 6, Planta 5, con CIF B-86590841, organiza en la fecha indicada a continuación, el sorteo llamado “Friends With Benefits Home Run Red Bull 2024” (en adelante, el “Sorteo”) de acuerdo con los requisitos que se recogen en estas Bases.

CLÁUSULA 2.- PLAZO Y MODO DE PARTICIPAR.
El plazo para participar en el sorteo comienza el 11 de enero de 2024 a las 12:00 hasta el 24 de enero de 2024 a las 10:00.

Quien desee participar deberá:

• Ser mayor de 18 años y residir en algún punto del territorio español.
• Ser miembro del programa de fidelidad “Friends With Benefits”.
• Tener activa la cuenta mencionada anteriormente.
• Realizar un consumo de un plato principal de cualquiera de las siguientes secciones de nuestra carta (Burger o Salad), más un Red Bull en cualquiera de sus presentaciones o sabores disponibles.
• Registrar el ticket de consumo en su cuenta de Friends With Benefits, desde el 11 de enero de 2024 a las 12:00 hasta el 24 de enero de 2024 a las 10:00.

CLÁUSULA 3.- PREMIO.

Se sorteará UN (1) premio para UN (1) ganador, consistentes en:
– UN (1) viaje para DOS (2) personas al Home Run Red Bull Andorra 2024.

CLÁUSULA 4.- CONDICIONES DEL PREMIO.
• El premio incluye:

o Billetes ida y vuelta.
o Hospedaje para dos personas por 3 días y dos noches.
o Desayunos.
o Inscripción en el Home Run Red Bull Andorra 2024.
o 1 comida en Goiko Andorra por un valor de 60€ y una comida en el Foodtruck de Goiko en L’Abarset por dos burgers.
o Forfait para el fin de semana.
o Alquiler de equipos de Ski o Snowboard.

• El premio será válido para disfrutar del 2 al 4 de febrero de 2024. El Home Red Bull Andorra 2024, se llevará acabo el 03 de febrero de 2024.
• Los ganadores podrán renunciar al premio obtenido, no obstante, el premio no podrá canjearse por dinero en efectivo o cualquier otro producto o servicio.

• El premio es personal e intransferible y no podrá ser objeto de alteración o compensación, ni canjeado por su valor económico.

• No podrán participar personas jurídicas.

CLÁUSULA 5. – ELECCIÓN DE GANADOR.
Se nombrará UN (1) ganador y si fuese necesario, UN (1) suplente.
El ganador será seleccionado y contactado durante el 25 de enero de 2024. El sorteo se llevará a cabo mediante la herramienta de selección aleatoria [https://arbitrery.com]

CLÁUSULA 6.- ENTREGA DEL PREMIO.
GOIKO se pondrá en contacto con el ganador a través del correo electrónico o número telefónico registrados en su cuenta de Friends With Benefits. Desde dicha comunicación, el ganador dispondrá de 24 horas, para aceptar el premio. En el caso de no recibir dicha aceptación en el plazo indicado, o bien, si el ganador rechazase el premio expresamente por cualquier causa, el premio correspondiente se ofrecerá a un suplente, y si éste no contestase en el mismo plazo o lo rechazase, el premio del que se trate será declarado desierto.
Una vez aceptado el premio, GOIKO organizará con el ganador todo el itinerario del premio.
El ganador autoriza a que sus datos sean publicados en la página web y redes sociales de GOIKO, así como en cualquiera de los canales oficiales de comunicación de la marca sin que ello genere derecho a su favor a recibir contraprestación alguna. Al ganador se les solicitará además los datos necesarios para gestionar el premio.

CLÁUSULA 7.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
El tratamiento de datos de carácter personal de los participantes y ganador se hace conforme a lo establecido en la Política de Protección de datos de GOIKO, a la que puede acceder a través del siguiente enlace: https://www.goiko.com/politica_de_proteccion_de_datos/

CLÁUSULA 8.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
1. El mero hecho de participar en el sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes bases.
2. Goiko se reserva el derecho a modificar las bases del sorteo, parcial o totalmente en cualquier momento en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los participantes en el sorteo. Asimismo, se reservan también el derecho de anularlo o dejar el premio desierto en caso de detectarse alguna irregularidad. Realizada cualquier modificación, ésta será debidamente puesta en conocimiento de los participantes.
3. Goiko se reserva el derecho de excluir de la participación en el sorteo a todos aquellos participantes que, estime, están incumpliendo cualquier condición de participación incluida en las presentes bases. La exclusión de un participante, cualquiera que sea la causa, conlleva la pérdida de todos los derechos derivados de su condición como tal.
4. Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en el sorteo.
5. Goiko queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados en su caso por los propios agraciados que impidiera su identificación.

CLÁUSULA 9. – NO VINCULACIÓN.

Goiko está exento de cualquier responsabilidad derivada de cualquier circunstancia imputable a terceros que pueda afectar al desarrollo del sorteo y/o a la entrega del premio.

Goiko en ningún caso será responsable por los daños y perjuicios directa o indirectamente resultantes de cualquier fallo, problema, acción u omisión por parte de terceros ajenos a Goiko, como por ejemplo y sin limitación, ataques informáticos, huelgas, cualquier tipo de revuelta civil o amenaza, incendios, inundaciones, terremotos o desastres naturales, etcétera. Goiko en ningún caso será responsable por cualquier daño causado directa o indirectamente por cualquier acción, omisión o negligencia imputable a los participantes y/o ganadores.

CLÁUSULA 10.- RESPONSABILIDAD
GOIKO no se hará responsable por cualquier riesgo ni daño que conlleve la realización del viaje. Por lo que, el ganador acepta cualquier riesgo o daño que se pueda causar.
El ganador deberá cubrir cualquier gasto de traslado, hospedaje, comidas que sean necesarias o no estén incluidas en el premio.

CLÁUSULA 11.- CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE UN PARTICIPANTE DEL SORTEO.
Este sorteo se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los concursantes en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la buena fe. Por ese motivo, Goiko excluirá automática e inmediatamente del mismo a cualquier participante que transgreda las normas de buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante del sorteo en los siguientes casos:
1. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de registro de tickets o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en el sorteo, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
2. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en el Concurso, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
3. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo del sorteo, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Goiko a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes. En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Goiko se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución del premio.

CLÁUSULA 12.- LEY APLICABLE – CONTROVERSIA.
Estas bases legales se regirán de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.